LEY DE AUDIENCIAS PÚBLICAS
Por decreto N° 1893 del 24 de julio de 2018, el Poder Ejecutivo Provincial promulgó la Ley N° 6449 sancionada por la Legislatura Provincial, propuesta por el Defensor del Pueblo Cesar Vallejos Tressens, que modifica la Ley de Audiencias Públicas. El texto recientemente promulgado, determina que “no podrán señalarse como fechas para la realización de audiencia pública los días feriados, asuetos o períodos de vacaciones”.
Además, otra de las modificaciones propuestas por el Vallejos consiste en que “se exige a la Autoridad Convocante de la audiencia pública que notifique por cédula, oficio o cualquier otro medio fehaciente al Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes la convocatoria a la audiencia pública, con una antelación no menor de veinte (20) días corridos a la fecha fijada para su realización”.
Finalmente, se obliga a la autoridad convocante a “la elaboración de un informe no técnico de la materia objeto de la audiencia pública, sobre las medidas que se pretenden adoptar y los efectos que las mismas provocarían, y se exige que este informe además sea publicado en el sitio web de la autoridad convocante”.
“Entendemos que esta modificación a la Ley de Audiencias Públicas contribuirá a la mayor participación ciudadana en las mismas”, sostuvo el Defensor César Vallejos Tressens sobre la medida sancionada.